Si has solicitado una portabilidad de línea, debes saber que no puede realizarse

El estada de alarma que se decretó el pasado viernes, ha traído consigo consecuencias que hasta hace unos días eran impensables. La prohibición de realizar portabilidades tanto de líneas móviles, como fijas, es una de estas medidas que se recogen en el Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

En este decreto se recoge «la garantía de mantenimiento de los servicios de comunicaciones electrónicas y la conectividad de banda ancha». Así mismo también se hace alusión a la garantía, en este caso, de las telecomunicaciones a los colectivos más vulnerables, al tiempo que se suspenden las portabilidades de móvil a fijo en territorio español.

Movil Honor
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Las compañías de telecomunicaciones han mostrado su disconformidad con esta medida, al tiempo que señalan que en otros países afectados por la pandemia, como es el caso de Italia, no ha sido tomada. No parece, de todas formas, que Italia sea un ejemplo a seguir en cuanto a contención del virus.

El motivo de esta prohibición radica en la limitación de movimientos de los ciudadanos, tal y como el mismo decreto recoge. El hecho de tramitar una portabilidad puede hacer surgir la necesidad en los clientes, de visitar las instalaciones comerciales de las operadoras. Además es probable que requiera el desplazamiento físico de los técnicos a los domicilios de los clientes, para realizar esas operaciones.

Las portabilidades que estuvieran llevándose a cabo quedan suspendidas, salvo aquellas que atendieran a supuestos de fuerza mayor.

Sí es posible, sin embargo, darse de alta en el servicio de alguna de estas compañías.

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